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Mostrando entradas de enero 24, 2010

EL FRENTE DE DEFENZA NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD

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MAFIOSOS DIRIGENTES DE LA AMSP ASESINARON AL (E) DE LA ADMINISTRACION JUDICIAL DE LA AMSP Compañeros del Sector Salud el FDNTSS les envía un saludo Clasista y Combativo a todas las Federaciones Regionales, Sindicatos, delegados trabajadores nombrados y CAS del Sector Salud que la mafia de dirigentes de la AMSP asesinaron al primer (e ) de la Administración Judicial de la AMSP Sr. Edmundo Díaz Estela luego a esposa e hijo donde Prensa y medios de Comunicación se quedaron mudos porque nunca mencionaron este tema de este asesinato. Por eso que podemos esperar de estos malos elementos que no tienen ningún remordimiento ni cargo de conciencia estos mafiosos asesinos asaltantes han desmantelado toda nuestra Mutual Sanitaria hurtando el dinero de todos los trabajadores del Sector Salud que aportamos a la AMSP los mafiosos dirigentes de la AMSP han tenido apoyo de todos los delegados de todas las bases del Sector Salud ante la AMSP mejor dicho los delegados ante la AMSP se dejaron comprar por

PRONUNCIAMIENTO CUSCO

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COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL PRETENDE DIVIDIR BASES Nos dirigimos al pueblo del Cusco y a los trabajadores del sector salud a nivel nacional, agremiados en la gloriosa FENUTSSA para manifestar lo siguiente: 1. Conociéndose a nivel nacional que la Región Cusco, se encuentra en situación de emergencia y los Establecimientos de salud declarados en ALERTA VERDE; sin haber sido invitados por la bases del sector salud de esta tierra Milenaria, Imperio de los Incas, empleando métodos matonescos, agrediendo a los trabajadores del Hospital Antonio Lorena y de las bases presentes, sorprenden con su presencia los miembros del debilitado Comité Ejecutivo Nacional de la FENUTSSA obstaculizando la labor de los trabajadores de salud en prestar la atención a los damnificados de las inundaciones. Estas actitudes desdicen del comportamiento de dirigentes nacionales. 2. Estos malos dirigentes nacionales, en la base del Hospital Antonio Lorena, por encima de la Junta Directiva del sindicato, coordinaron mali

COMUNICADO SEC. ORG. CT-PERU

NUESTRA PALABRA SE APROBO EL REGLAMENTO DEL D.LEG. 1025 Y CON ELLO LA TRAICION DE LOS DIRIGENTES USURPADORES QUE NO HICIERON LO QUE LAS BASES APROBAMOS. AHORA QUE DIRAN LOS TRAIDORES DE LA MASA LABORAL Y DE LA FENECIDA CITE QUE AVALARON EL TRABAJO DE SERVIR Y PRODUCTO DE LA FALSA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES AHORA TENEMOS UN REGLAMENTO QUE EN SU APLICACION DESATARA EL DESPIDO MASIVO DE TRABAJADORES.RECUERDEN COMPAÑEROS QUE EN NUESTROS EVENTOS NACIONALES DE LA FENTASE APROBAMOS QUE EL CAMINO PARA TRAER ABAJO LOS DECRETOS ANTILABORALES FUE EL CAMINO DE LA INCONSTITUCIONALIDAD, POR ESO RECABAMOS LAS FIRMAS. NOS PREGUNTAMOS, ¿DONDE ESTAN LOS PLANILLONES DE LAS FIRMAS RECABADAS?. QUE PASO LOS OCULTARON? O LA INEFICIENCIA DE HABER PLANTEADO LA INCONSTITUCIONALIDAD LOS LLEVO POR AVALAR A SERVIR Y REUNIRSE CON ESTE ENTE IMPLEMENTADOR, DISQUE CON LA POSIBILIDAD DE LOGRAR ALGO EN ESA INSTANCIA (SERVIR), ACASO NO SABIAN QUE SERVIR ES SIMPLEMENTE UN ORGANISMO IMPLEMENTADOR DE LAS PÒLITICAS D

Reglamento del Decreto Legislativo 1025

Aprobado el 17 de enero de 2010 mediante Decreto Supremo 009-2010-PCM TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA CAPACITACIÓN Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Artículo 1.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las normas y procedimientos aplicables a la ejecución de acciones de capacitación y evaluación del desempeño de las personas al servicio de las entidades públicas que se encuentren comprendidas dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a que hace referencia la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023. Con excepción de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional del Perú, el personal comprendido de la Carrera Judicial del Poder Judicial y del Ministerio Publico, el ámbito de aplicación de la presente norma se extiende incluso a los organismos autónomos, en tanto su personal se encuentra inmerso dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Las empresas del Estado sujetas al á